La opinión de Rosalía M. Fernández sobre mediación familiar intrajudicial

Mucho ha llovido desde que en nuestro país se introdujo la mediación en el ámbito de los conflictos familiares

Las leyes pioneras sobre mediación en distintas Comunidades Autónomas se dictaron precisamente sobre mediación familiar. Y algunas de las primeras experiencias datan de fechas incluso anteriores a aquella en que, tal día como hoy -21 de enero- que celebramos el Día Europeo de la Mediación, se aprobó en 1998 la primera Recomendación del Comité de Ministros del Consejo de Europa justo, también, sobre Mediación Familiar.

La mayoría de las experiencias de derivaciones a mediación en nuestros juzgados y tribunales lo han sido al amparo de leyes autonómicas específicas. Algunas se han desarrollado muy bien; otras, no tanto. Pero, a día de hoy, podemos afirmar que el balance general es positivo. Las derivaciones judiciales en este ámbito ya no son proyectos, sino una tangible realidad. Una realidad que tal vez no brille en las cifras…quizás debamos replantearnos cómo medimos sus resultados.

La mediación ha contribuido a pacificar muchísimos conflictos familiares. Ha ayudado a crear un clima de entendimiento entre las parejas que se separan. Ha coadyuvado a proteger el interés superior de los miembros más vulnerables, en particular las personas menores de edad o con capacidad jurídicamente limitada. Con la mediación familiar se ha podido evitar en muchos casos la escalada del conflicto, prevenir la interposición de litigios concatenados y, sobre todo, apartar a los niños, niñas y adolescentes de la sobreexposición a los conflictos interparentales no resueltos que tantos daños irreversibles pueden causarles en el desarrollo integral que su personalidad necesita.

Aun así, percibimos que las relaciones familiares se siguen judicializando en exceso. Algo ciertamente contradictorio: precisamente en tiempos en que se reclama una mayor autonomía de la voluntad, muchas personas dejan en manos extrañas decisiones esenciales para su vida. Debemos avanzar en el campo de los recursos alternativos y complementarios, centrándonos en las personas para humanizar la justicia y distinguiendo muy bien el conflicto del litigio. Es nuestra responsabilidad otorgar la mejor tutela, la mejor solución, que no necesariamente debe pasar por una decisión de autoridad.

Podemos y debemos ofrecer a las parejas en situación de ruptura, en especial cuando se ven afectadas personas menores de edad o con capacidad jurídicamente limitada, la oportunidad de resolver por sí mismas sus diferencias con la ayuda profesional y las herramientas adecuadas a su concreta realidad. Y debemos ser proactivos en la tarea de co-construcción de la paz.

En el Foro de Mediación Intrajudicial que se desarrolló hace unos días, se destacó que el correcto análisis de los conflictos familiares resulta esencial para que éstos tengan el menor impacto negativo posible

Para que los miembros de la familia y el sistema familiar en sí, que tras la ruptura será diferente, evolucione de modo positivo e, incluso, pueda hacer crecer a las personas. El perjuicio directo que causa la deficiente gestión de un conflicto familiar a los miembros de la familia -no se olvide- involucra también a la sociedad en su conjunto, alcanza los entornos laborales en que las personas se desenvuelven, el sistema educativo donde los hijos si los hay se forman, la sanidad y hasta la economía. Mucho más teniendo en cuenta la complejidad de las relaciones familiares hoy día, los distintos tipos de familias y el modo en que hemos evolucionado a nivel personal, profesional y, cómo no, en la sociedad misma, que nos ha traído múltiples cambios en el desenvolvimiento de estas relaciones y en los modos de convivencia.

Igualmente se expusieron en el foro, algunas ideas básicas sobre la utilidad de la mediación para acordar el plan de parentalidad, particularmente para el caso de “corresponsabilidad parental” -huimos del término “custodia” compartida- o la conveniencia de derivar a otros recursos distintos, como la nueva figura de la coordinación de parentalidad para las situaciones de alta conflictividad.

Cuando se procede a la derivación familiar en asuntos de familia, es sumamente importante que la persona o institución mediadora se encuentre en condiciones de ofrecer la intervención más adecuada para cada conflictiva familiar (mediación, coordinación de parentalidad, círculos familiares, programas de apoyo a las familias que ayuden a mejorar las relaciones o las habilidades parentales), desde una perspectiva integral e interdisciplinar.

Determinar lo más adecuado es fundamental para optimizar recursos y evitar costos, o que el conflicto se cronifique, así como para eludir la victimización secundaria de las familias que puede producirse cuando repetidamente han de acudir a servicios diferentes. Y estos recursos han de activarse lo antes posible, aunque ya la conflictividad parental sea manifiesta ante el tribunal y aunque existan procedimientos abiertos en diferentes jurisdicciones. Las dinámicas familiares y la evolución del conflicto en sí, que es algo vivo mientras siga latente, exigen que su gestión adecuada mediante los recursos alternativos o complementarios más idóneos pueda establecerse en cualquier fase del procedimiento (primera instancia, alzada, modificación de medidas, ejecución). Y para gestionar esta conflictividad familiar de forma efectiva, la mirada del tribunal y de los servicios de mediación y otros ADR’s han de ser amplias y multidisciplinares, aunque por el momento se carezca de una jurisdicción verdaderamente especializada en materia de familia; jurisdicción que entendemos ya imprescindible.

Con todo, instamos a legisladores y a operadores jurídicos a un cambio en el lenguaje. Un lenguaje que favorezca el diálogo y la percepción de igualdad en la gestión de las diferencias respecto del cuidado de los hijos. Planteamos NO al término “custodia”, SÍ a vocablos como “atención”, “cuidados” o “convivencia”. NO “custodia compartida”, SÍ “corresponsabilidad parental”. NO “visitas”, SÍ “relaciones familiares”. NO “pensión de alimentos”, SÍ “contribución a las necesidades de los hijos”.

Finalizo mi intervención con un proverbio árabe: “Quien quiere hacer algo encuentra un medio, quien no quiere hacer nada encuentra una excusa”. En el día de hoy, haciendo gala de la creatividad que impregna la mediación y al mismo tiempo con el rigor, firmeza y responsabilidad que como jueces y servidores públicos nos corresponde, aseguramos a las familias de este país que seguiremos encontrando los medios para ofrecerles una justicia de calidad y que, desde luego, nunca buscaremos excusas.

 

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Rosalía Fernández Alaya es presidenta de Gemme España y magistrada de la Audiencia Provincial de Las Palmas. Coordinadora de la Sección Territorial canaria del Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación (Gmme).

Vinculada a las Islas Canarias desde su destino como juez en Telde (1987), ha compaginado su carrera judicial con múltiples colaboraciones docentes en la ULPGC, la ULL y el ICAP, así como en diversas instituciones nacionales e internacionales, ante las que desarrolla una activa labor pro derechos humanos y pro mediación.