CENTRO DE MEDIACIÓN DE LA ESCUELA ESPAÑOLA DE MEDIACIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Código Deontológico y de Conducta de los Mediadores del Centro de Mediación

Las normas éticas contenidas en este Código tienen por objeto establecer reglas de conducta para los mediadores, garantizar a las partes en mediación un proceso de calidad con estricta sujeción a la ética, y promover la mediación al público como un sistema confiable de resolución de disputas.

La mediación es un proceso, en que un tercero neutral e imparcial, ayuda a las partes a resolver sus diferencias y a obtener un acuerdo mutuamente satisfactorio.

El rol del mediador consiste en facilitar el diálogo entre las partes para promover su entendimiento, la identificación de sus intereses y la indagación en forma creativa de distintas posibilidades para lograr un acuerdo satisfactorio para todas ellas.

Las normas éticas contenidas en este Código son obligatorias para todos los mediadores del Centro de Mediación dela Escuela Española de Mediación y Resolución de Conflictos (en adelante EMRC), su personal administrativo y cualquier persona que presencie las mediaciones. Se trata así de ayudar al perfeccionamiento de la disciplina y a la obtención de óptimos estándares profesionales y éticos en su desempeño.

Este Código incorpora además los principios y reglas del llamado Código de Conducta Europeo para Mediadores.

Descargar Código Deontológico

Reglamento del Centro de Mediación

Reglamento de Mediación por el que se rige el Centro de Mediación de la EMRC. En total son 20 artículos divididos en las siguientes disposiciones: I. De los Mediadores II. Requerimiento de Mediación III. Proceso de Mediación IV. Sistema de cobro

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Tarifas para acceder a Mediación

1. Derechos de Admisión al Centro de Mediación, para la solicitud unilateral. En el caso de la solicitud de Mediación por una de las partes, cuando sea el Centro el que se ponga en contacto con la otra parte, se establece un Derecho de trámite de la Mediación, que satisfará en su totalidad la parte Solicitante, con objeto de iniciar los trámites para la Mediación. Se establece una cuantía fija de 75 Euros (IVA incluido), en aquellos casos en que sea una sola parte solicitada. Por cada parte solicitada a partir de la segunda, se sumarán un importe adicional de 15 Euros. 2. Derechos de Administración del Centro de Mediación. 2.1. Gestión y administración Por la gestión y administración del proceso de Mediación, el Centro estipula un precio por hora de 30 Euros. 2.2. Honorarios de los Mediadores EL importe de la mediación se calculará en función de las horas efectivas que dedique el mediador, tanto de carácter presencial, como las no presenciales que se dedicasen en razón de preparación, desplazamientos, consultas, etc. Se establece un precio por hora de 150 Euros.

  • Los costes resultantes de la mediación, salvo pacto expreso de las partes, se dividirán entre éstas a partes iguales independientemente de los resultados de la Mediación
  • Se realizará, previamente a la Mediación, una provisión de fondos por las partes que cubra el 100% del importe que considere el Centro de Mediación. Todo ello sin perjuicio de que al final del proceso se produzca la correspondiente regularización.
  • Los derechos y honorarios relacionados no incluyen los gastos en se puedan generar derivados del proceso, el Centro previa justificación, repercutirá todo o parte de estos.
  • No se incluye el coste de la protocolización del acuerdo que pudiese acordarse entre las partes.
  • El centro facturará la totalidad de derechos y honorarios a las partes, procediendo a la conclusión del proceso, al pago de los Mediadores.
  • Tanto los honorarios como los derechos se incrementarán con el IVA.

Estas tarifas entrarán en vigor el 1 de Enero de 2017