Mediación Bancaria: Entrevista a Vicente Rodrigo de Basilea Abogados

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Vicente Rodrigo, socio de Basile Abogados Madrid impartirá una ponencia sobre Mediación Bancaria en el World Mediation Summit 2017 

Vicente Rodrigo, abogado en Basilea

Vicente Rodrigo es Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, y Máster en Litigación y Asesoría Mercantil.

Socio de Basilea Abogados y responsable de los departamentos de Derecho Societario y Laboral. Su especialización se ha centrado en el asesoramiento mercantil, especialmente en los ámbitos contractuales y laborales. 

Es experto en litigación procesal, relacionada con el sector asegurador y bancario. Además, colabora habitualmente con prestigiosas publicaciones jurídicas.

 


¿Qué nos puedes contar sobre la ponencia que vas a impartir en el World Mediation Summit sobre Mediación Bancaria?

En mi ponencia expondré cual ha sido el desarrollo que ha tenido hasta ahora la implantación de sistemas de Mediación por parte de las entidades bancarias que operan en nuestro país. Desde luego, hasta el momento la Mediación sigue siendo un medio de resolución de controversias en el que las entidades no confían, como demuestra el elevadísimo número de demandas judiciales interpuestas por los clientes frente a sus bancos en los últimos años, y que nunca han sido reconducidas a procesos de Mediación.world mediation summit

También, trataré de formular propuestas prácticas que, según nuestra experiencia en Basilea Abogados, permitirían que las entidades bancarias decidieran dar un paso adelante en su apuesta por la Mediación, y que les comportaría importantes ventajas, tanto en lo que se refiere a ahorro de costes como en imagen y confianza entre sus clientes.

¿Desde Basilea Abogados estáis llevando a cabo acciones para impulsar la Mediación?

basilea abogados madridDesde el año 2014, en Basilea Abogados hemos diseñado un programa de Mediación sencillo y ágil que ponemos siempre a disposición de nuestros clientes, tanto al inicio de la controversia como en los casos en los que el cliente ya se encuentra resolviendo el conflicto en un proceso de Mediación. Este programa de Mediación lo prestamos normalmente de forma directa a través de nuestro equipo de profesionales, si bien en ocasiones, y siempre que el caso concreto lo requiera, derivamos el caso a un mediador ajeno a la firma.

Nuestro asesoramiento jurídico se amplía también al Arbitraje, fórmula de resolución de conflictos por la que también hemos apostado desde el principio.

Como abogado, ¿Cuál crees que debería ser la relación entre la Mediación y la Abogacía?

Desde luego debería ser, ante todo, más cercana. En la actualidad, y a pesar de que el Real Decreto 5/2012 sobre la mediación para asuntos civiles y mercantiles lleva ya en vigor cinco años, la mayor parte de los abogados sigue desconociendo los aspectos más básicos de esta institución. La causa principal podemos encontrarla en que a pesar del tiempo transcurrido su uso sigue siendo marginal a la hora de plantear la resolución de un conflicto. Más allá de los abogados que estamos especializados en la materia, la Abogacía sigue mirando a la Mediación como un mecanismo ajeno a su trabajo cotidiano, y eso es algo que creo que debería cambiar. Conferencias como la del World Mediation Summit sin duda ayudan a lograrlo.

¿Cuál es la situación de la Mediación Bancaria?

Como he dicho antes, la Mediación dentro del Sector de la Banca es inexistente, al menos en lo que se refiere a la gestión y resolución de las reclamaciones de sus clientes. Ninguna entidad bancaria ha implementado sistemas de Mediación como medio para resolver estas reclamaciones, y ello a pesar de que los últimos años han representado la mejor oportunidad de hacerlo.

Desde 2012 las entidades bancarias han recibido miles de demandas judiciales por parte de sus clientes. Procedimientos sobre participaciones preferentes, swaps, acciones, cantidades entregadas a cuenta a promotoras, o cláusulas suelo, siguen siendo protagonistas en la práctica judicial. Sin embargo, ningún banco ha decidido acudir a la Mediación para resolver estos asuntos, y cuando han decidido apostar por alguna vía distinta a la judicial, como por ejemplo el Arbitraje de Bankia o el reciente Real Decreto-Ley 1/2017 sobre la devolución de las cláusulas suelo, la experiencia nos demuestra que sólo han sido procesos en los que se ha tratado de cerrar el problema en falso.

Tras los cientos de procedimientos que hemos tramitados en defensa de los clientes, en Basilea Abogados podemos afirmar que en ni uno sólo de ellos el banco ha decidido reconducir la controversia hacia la Mediación. La verdad es que las condenas sistemáticas que vienen recibiendo los bancos por parte de los Tribunales deberían hacerlas recapacitar.

Basilea Abogados, Vicente Rodrigo. Mediación BancariaEn base a tu experiencia en la Resolución de Conflictos, ¿crees que la sociedad conoce la Mediación como una alternativa efectiva para resolver sus problemas?

Lamentablemente la respuesta es que no. Los ciudadanos en el mejor de los casos confían que una reclamación previa sea suficiente para alcanzar una solución negociada al conflicto que tienen entre manos. Sin embargo, asumen que si esa reclamación previa no es suficiente, el siguiente paso ineludible es la interposición de acciones judiciales. En raras ocasiones un cliente te plantea la posibilidad de acudir a la Mediación. Somos los letrados quienes tenemos que informarles de esta vía, y explicarles sus ventajas frente a los procedimientos judiciales.

La lenta implantación de la Mediación en nuestro país, es algo de lo que se está hablando mucho. ¿Qué crees que falta para que la Mediación tome mayor impulso en España?

Principalmente hacen falta 2 cosas:

  1. En primer lugar que su existencia y ventajas sean conocidas por la sociedad, y me refiero tanto a los particulares como a las empresas.
  2. Y en segundo término, y quizás este es el aspecto más importante, que deben superarse los problemas que presenta la actual regulación, tales como los sobrecostes que generan la resolución de determinadas controversias, o la falta de fuerza ejecutiva de los acuerdos alcanzados y la necesidad de que el órgano judicial o el notario comprueben que los acuerdos no son contrarios a Derecho. Por eso, ya es hora de avanzar en la legislación vigente, pues los cinco años de experiencia que tenemos actualmente con ella nos han demostrado que, en general, no está funcionando.